sobreviviendo al CEMIC

28.2.07

tercera tanda

Estamos por empezar la tercera (y última) tanda de quimio. Hasta ahora las cosas vienen bien. Mi mamá, María Elena, está recibiendo las drogas sin inconvenientes serios, así que esperamos pasar esta tanda para ver dónde estamos parados.

Todo este trajín nos relegó la actualización del weblog, así que esperamos ir poniéndonos, lentamente, al día.

Un par de novedades. Tuvimos otra contestación de la Defensoría del Pueblo de la Nación, del área de Salud, que viene a ser más de lo mismo:

De nuestra consideración:

Como las personas que Ud. menciona son asociadas directa al CEMIC, que funciona como empresa de medicina prepaga, las que son consideradas desde el punto de vista legal, hasta ahora como empresas comerciales, el organismo competente es Defensor del Consumidor (0-800-999-2727 {o 5382-6200)

En este supuesto la Defensoría del Pueblo de la Nación no tiene competencia para tomar intervención en el tema por Ud. planteado.

Por otro lado el tema de la disminución de la calidad de la atención y la discrepancia de criterios médicos, no hay manera de dilucidarlos dentro del sistema.

Atte. Area Salud del Defensor del Pueblo de la Nación.


No agrega mucho más a lo dicho en el último post.

Por otro lado, nuestra colaboradora Graciela Soto nos envía el link de una nota suya, sobre nuestra campaña, aparecida en “El vecinalista” del pasado 19 de febrero. Para leer la nota, hay que cliquear acá.

Agradecemos muy especialmente este espacio que nos da la gente de “El vecinalista” para exponer nuestra propuesta. Y esperamos que pase el vértigo de estos días para seguir trabajando en el tema del Ombudsman o Defensor del Usuario de la Salud.

6.2.07

segunda tanda

Estamos en las vísperas de la segunda sesión de quimio de mi mamá, María Elena, la protagonista de este weblog. Mientras esperamos esta tanda, tenemos respuesta de los dos organismos estatales a los que consultamos si tenían competencia para atender nuestro reclamo con el CEMIC.

A la respuesta de la Defensoría del Pueblo de la Ciudad de Buenos Aires, comentada en un post anterior, se agregaron las respuestas de la Defensoría del Pueblo de la Nación y la Subsecretaría de Defensa del Consumidor.

El Defensor del Pueblo nos dice:

Las empresas de medicina pre paga no tienen aún un régimen legal específico (pese a los esfuerzos de esta Defensoría para que ello ocurra), por tal razón le sugiero formular su queja ante al Dirección de Defensa del Consumidor del Ministerio de Economía, tel. 0800-666-1518

Atte.

Enrique García


Y la Subsecretaría de Defensa del Consumidor nos contesta:



Sr. consumidor:

Atento a su consulta le informamos que las empresas de medicina prepaga no cuentan con una ley regulatoria, por lo tanto la Ley de Defensa del Consumidor (Ley 24.240) sólo es aplicable cuando no cumplen con lo que se comprometen a cumplir mediante el contrato.

Saluda atte.
Defensa del Consumidor de la Nación.


En resumidas cuentas, lo que sospechábamos: seguí participando.

En este marco de total desprotección para el cliente, el Gobierno Nacional cerró un “acuerdo de precios” (sic) que deja, a total arbitrio del oferente, la cantidad vendida. Si usted elige el aumento módico del 2%, con un sistema de copagos, ¿quién controla que el médico no le proponga estudios de más o lo deje un par de días adicionales internado? Nadie. Porque no hay ley que las regule. Sin embargo, el Gobierno Nacional quiere hacernos creer que ha logrado una mejora para los consumidores.

Esto nos lleva a la necesidad de cambiar el marco normativo y de ahí nuestra propuesta, de un Ombudsman del Usuario de la Salud para empezar a parar este absoluto marco de impunidad profesional que tiene la industria médica.

Esa será la siguiente etapa.